Derecho Ecuador sudamerica politicoambiental
Consorcio para el
Derecho Socio-Ambiental
D
Legislacion Ambiental Relevante
Páramo Andino Ecuador
Aprobación del Modelo de Resolución para el Otorgamiento de Licencias Ambientales
ACUERDO No. 049
(APROBACIÓN DEL MODELO DE RESOLUCIÓN PARA EL OTORGAMIENTO DE LICENCIAS AMBIENTALES QUE POR ACREDITACIÓN Y FACULTAD CONFERIDA POR EL MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE, OTORGA EL MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS, POR INTERMEDIO DE LA SUBSECRETARÍA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL Y, EL CORRESPONDIENTE MODELO DE CERTIFICADO DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL)
Nota:
La versión anterior de este Acuerdo puede ser consultada en nuestra sección histórica.


MINISTRO DE ENERGÍA Y MINAS

Considerando:

Que, el literal t) del artículo 31 de la Ley de Hidrocarburos, establece que la Empresa Estatal Petróleos del Ecuador PETROECUADOR y los contratistas o asociados, en exploración y explotación de hidrocarburos, en refinación, en transporte y en comercialización, están obligados a conducir las operaciones petroleras de acuerdo a las leyes y reglamentos de protección del medio ambiente y seguridad del país;

Que, conforme el mandato del artículo 20 de la Codificación de la Ley de Gestión Ambiental, dispone que para el inicio de toda actividad que suponga riesgo ambiental se deberá contar con la licencia respectiva, otorgada por el Ministerio del ramo;

Que, al tenor de lo previsto en el artículo 2 de la Codificación de la Ley de Gestión Ambiental, la gestión ambiental se sujeta a los principios de solidaridad, corresponsabilidad, cooperación, coordinación, reciclaje y reutilización de desechos, utilización de tecnologías alternativas ambientalmente sustentables y respecto a las culturas y prácticas tradicionales;

Que, la segunda disposición final “Glosario de Términos” del Libro VI “De la Calidad Ambiental” del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente promulgado en la Edición Especial No. 2 del Registro Oficial de 31 de marzo del 2003, señala que el promotor de un proyecto es una persona natural o jurídica del sector privado o público que emprende una acción de desarrollo o representa a quien la emprende, y es responsable en el proceso de evaluación de impactos ambientales, en la ejecución de los proyectos, en las vinculaciones contractuales, en las concesiones o similares;

Que, mediante Resolución No. 002 publicada en el Registro Oficial No. 276 de 18 de febrero del 2004, el Ministerio de Medio Ambiente, aprobó y confirió al Ministerio de Energía y Minas, por intermedio de la Subsecretaría de Protección Ambiental de ese Ministerio, la acreditación y el derecho a utilizar el sello del Sistema Único de Manejo Ambiental, y, el otorgar licencias ambientales para la ejecución de proyectos que son de su competencia, cuya ubicación no se encuentre total o parcialmente dentro del Patrimonio Nacional de Áreas Naturales y del Patrimonio Forestal, Bosques y Vegetación Protectores del Estado, ni estén comprendidos en lo establecido en el artículo 12 del SUMA;

Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 089 de 15 de diciembre del 2006, el Ministro de Energía y Minas aprobó el modelo de Resolución para el Otorgamiento de Licencias Ambientales que por acreditación y facultad conferida por el Ministerio del Medio Ambiente, otorga el Ministerio de Energía y Minas, por intermedio de la Subsecretaría de Protección Ambiental, mismo que se adjunta a dicho acuerdo como Anexo 1; y,

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 6 del artículo 179 de la Constitución Política de la República del Ecuador, en concordancia con el artículo 17 del Estatuto de Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

Acuerda:
Art.  1.-  Aprobar el modelo de Resolución para el Otorgamiento de Licencias Ambientales que por acreditación y facultad conferida por el Ministerio del Medio Ambiente, otorga el Ministerio de Energía y Minas, por intermedio de la Subsecretaría de Protección Ambiental y, el correspondiente modelo de Certificado de Licenciamiento Ambiental, mismos que se adjuntan a este acuerdo como anexos 1 y 2.
Art.  2.-  Derogar el Acuerdo Ministerial No. 089 de 15 de diciembre del 2006.
Art.  3.-  El presente acuerdo ministerial, entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Comuníquese y publíquese.- Dado, en el Distrito Metropolitano, a 24 de abril del 2007.


Anexo No. 1
MODELO DE RESOLUCIÓN PARA EL OTORGAMIENTO DE LICENCIAS AMBIENTALES QUE POR ACREDITACIÓN Y FACULTAD CONFERIDA POR EL MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE, OTORGA EL MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS, POR INTERMEDIO DE LA SUBSECRETARÍA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL


No. 0000008

LA SUBSECRETARÍA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL DEL MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS

Considerando:

Que, conforme el mandato del artículo 20 de la Codificación de la Ley de Gestión Ambiental, dispone que para el inicio de toda actividad que suponga riesgo ambiental se deberá contar con la licencia respectiva, otorgada por el Ministerio del ramo;

Que, en el artículo 25 del Capítulo III “Del Objetivo y los elementos principales del Sub - Sistema de evaluación de Impacto Ambiental”, del Título I “Del Sistema Único de Manejo Ambiental, del Libro VI “De la Calidad Ambiental” del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente promulgado en la Edición Especial No. 2 del Registro Oficial de 31 de marzo del 2003, se regula el procedimiento para el otorgamiento de licencias ambientales;

Que, mediante Resolución No. 002 publicada en el Registro Oficial No. 276 de 18 de febrero del 2004, el Ministerio de Medio Ambiente, aprobó y confirió al Ministerio de Energía y Minas, por intermedio de la Subsecretaría de Protección Ambiental de ese Ministerio, la acreditación y el derecho a utilizar el sello del Sistema Único de Manejo Ambiental y, el otorgar licencias ambientales para la ejecución de proyectos que son de su competencia, cuya ubicación no se encuentre total o parcialmente dentro del Patrimonio Nacional de Áreas Naturales y del Patrimonio Forestal, Bosques y Vegetación Protectores del Estado, ni estén comprendidos en lo establecido en el artículo 12 del SUMA;

Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 1215 publicado en el Registro Oficial No. 265 de 13 de febrero de 2001 se expidió el Reglamento Sustitutivo al Reglamento Ambiental para las Operaciones Hidrocarburíferas en el Ecuador) (Este considerando se incluirá únicamente en proyectos vinculados con el área hidrocarburífera;

Que, con Decreto Ejecutivo No. 625 promulgado en el Registro Oficial No. 151 de 12 de septiembre de 1997, se aprobó el Reglamento Ambiental para Actividades Mineras en la República del Ecuador; (Este considerando se incluirá únicamente en proyectos inherentes al área minera);

Que, __________________ (incluir nombre y apellidos completos o razón social completa de la persona natural o jurídica que solicita la Licencia Ambiental), presentó el estudio de impacto ambiental para el proyecto _________________(incluir el nombre completo del proyecto respecto del cual se solicita la Licencia Ambiental), ubicado en _________________(incluir la ubicación exacta del lugar donde se desarrollará el proyecto respecto del cual se solicita la Licencia Ambiental), para análisis y aprobación por parte de la Subsecretaría de Protección Ambiental;

Que, la Subsecretaría de Protección Ambiental a través de la _______________ (La unidad operativa correspondiente, dependiendo si el proyecto se refiere al área hidrocarburífera o minera), luego de analizar el estudio de impacto ambiental, presentado por __________________ (incluir nombre y apellidos completos o razón social completa de la persona natural o jurídica que solicita la Licencia Ambiental); mediante oficio No.______________ de __ de ___________ del ____ __________________ (incluir número y fecha del oficio mediante el cual se aprueba el estudio de impacto ambiental), aprobó dicho estudio de impacto ambiental;

Que, __________________ (incluir nombre y apellidos completos o razón social completa de la persona natural o jurídica que solicita la Licencia Ambiental), mediante oficio No.________ de __ el _____________ de ____, solicitó a la Subsecretaría de Protección Ambiental el otorgamiento de la Licencia Ambiental respectiva;

Que, consta del expediente, que __________________ (incluir nombre y apellidos completos o razón social completa de la persona natural o jurídica que solicita la Licencia Ambiental), a la solicitud de licencia respectiva se han adjuntado el comprobante de depósito del pago de los derechos por licenciamiento ambiental de los valores establecidos en el Acuerdo Ministerial No. 025 de 12 de septiembre de 2005 promulgado en el Registro Oficial No. 113 de 28 de los mismos mes y año, y, ha presentado el certificado de inscripción en el Registro Nacional de Fichas y Licencias Ambientales conforme el mandato del Acuerdo Ministerial No. 122 promulgado en el Registro Oficial No. 541 de 28 de enero de 2005 y, ha presentado la póliza de responsabilidad civil y, ha presentado la garantía de fiel cumplimiento como condiciones para el licenciamiento ambiental; conforme lo dispone el Ministerio de Energía y Minas;

Que, la Subsecretaría de Protección Ambiental, mediante oficio No. __________ de _ de __________ del ___, señala que __________________ (incluir nombre y apellidos completos o razón social completa de la persona natural o jurídica que solicita la Licencia Ambiental), ha cumplido con todos los requisitos establecidos en la normativa aplicable a la materia y en consecuencia considera procedente otorgar la Licencia Ambiental al proyecto _________________(incluir el nombre completo del proyecto respecto del cual se solicita la Licencia Ambiental), ubicado en _________________(incluir la ubicación exacta del lugar donde se desarrollará el proyecto respecto del cual se solicita la Licencia Ambiental); y,

En ejercicio de la facultad que le confiere la Resolución No. 002 publicada en el Registro Oficial No. 276 de 18 de febrero del 2004,

Resuelve:

Art. 1.- Otorgar la Licencia Ambiental No. ______, al proyecto _________________(incluir el nombre completo del proyecto respecto del cual se solicita la Licencia Ambiental), ubicado en _________________(incluir la ubicación exacta del lugar donde se desarrollará el proyecto respecto del cual se solicita la Licencia Ambiental), que fuera requerido por __________________ (incluir nombre y apellidos completos o razón social completa de la persona natural o jurídica que solicita la Licencia Ambiental).

Art. 2.- __________________ (incluir nombre y apellidos completos o razón social completa de la persona natural o jurídica que solicita la Licencia Ambiental) se compromete mediante declaración juramentada a cumplir en forma obligatoria con el Plan de Manejo Ambiental y mantener vigentes los instrumentos que el Ministerio de Energía y Minas ha determinado para el efecto, como son las condiciones de licenciamiento ambiental.

Art. 3.- La presente resolución, entrará en vigencia a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y notifíquese.- Dado, en el Distrito Metropolitano, a 24 de abril del 2007.

f.) Subsecretaría de Protección Ambiental.


Anexo No. 2
MODELO DE CERTIFICADO DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL QUE POR ACREDITACIÓN Y FACULTAD CONFERIDA POR EL MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE, OTORGA EL MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS, POR INTERMEDIO DE LA SUBSECRETARÍA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL


CERTIFICADO DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

El Ministerio de Energía y Minas, por intermedio de la Subsecretaría de Protección Ambiental, en su calidad de Autoridad en materia Ambiental de Aplicación Responsable y en cumplimiento con lo dispuesto en la Constitución Política del Estado, en la Codificación de la Ley de Gestión Ambiental y en el Libro VI del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente promulgado en la Edición Especial No. 2 del Registro Oficial de 31 de marzo del 2003; confiere la presente LICENCIA AMBIENTAL al proyecto _________________(incluir el nombre completo del proyecto respecto del cual se solicita la Licencia Ambiental), ubicado en _________________(incluir la ubicación exacta del lugar donde se desarrollará el proyecto respecto del cual se solicita la Licencia Ambiental), que fuera requerido por __________________ (incluir nombre y apellidos completos o razón social completa de la persona natural o jurídica que solicita la Licencia Ambiental).

El administrado, deberá sujetarse y dar cumplimiento a los compromisos adquiridos a través de la Licencia Ambiental No. ______ otorgada por el Ministerio de Energía y Minas, por intermedio de la Subsecretaría de Protección Ambiental, mediante Resolución No. ___ de __ de _________ de ____.

Así también, deberá sujetarse a las obligaciones específicas derivadas de la Evaluación del Impacto Ambiental, evaluación de riesgos, planes de manejo ambiental, planes de manejo de riesgo, sistemas de monitoreo, planes de contingencia y mitigación, auditorias ambientales y planes de abandono y del estudio de Impacto Ambiental aprobado mediante Resolución No. ____ de __ de _____________ del ____

Al otorgar el presente certificado de Licenciamiento Ambiental, __________________ (incluir nombre y apellidos completos o razón social completa de la persona natural o jurídica que solicita la Licencia Ambiental), se compromete a:

1. Brindar todas las facilidades para evaluar el proyecto _________________(incluir el nombre completo del proyecto respecto del cual se solicita la Licencia Ambiental), ubicado en _________________(incluir la ubicación exacta del lugar donde se desarrollará el proyecto respecto del cual se solicita la Licencia Ambiental), en el momento en que por discreción del Ministerio de Energía y Minas o a petición de terceros afectados se considere necesario, conforme lo dispone el artículo 22 del Libro VI del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente promulgado en la Edición Especial No. 2 del Registro Oficial de 31 de marzo del 2003.

2. Realizar las auditorias anuales del Plan de Manejo Ambiental a través de consultores previamente calificados por el Ministerio de Energía y Minas.

3. Facilitar la realización de evaluaciones que la Contraloría General del Estado estime pertinente conforme lo dispone el artículo 25 del Libro VI del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente promulgado en la Edición Especial No. 2 del Registro Oficial de 31 de marzo del 2003 y sujetarse a sus resoluciones.

4. Cumplir obligatoriamente la evaluación del impacto ambiental, a la evaluación de riesgos, a los planes de manejo ambiental, a los planes de manejo de riesgo, a los sistemas de monitoreo, a los planes de contingencia y mitigación, a las auditorías ambientales y a los planes de abandono.

5. Presentar, ajustado a un cronograma anual de ejecución los costos para la implementación del Plan de Manejo Ambiental, en función de lo establecido en el contrato suscrito para la __________________.

6. Informar en detalle los seguros a contratarse para el caso de accidentes sean estos ______________ u otras contingencias, determinándose los montos de indemnización a terceros y justificando su aceptabilidad social en los términos que señala la ley y el contrato suscrito para la _______________.

7. Realizar el monitoreo interno y enviar los reportes trimestrales de monitoreo a la unidad operativa de la Subsecretaría de Protección Ambiental que corresponda.

8. Enviar a la unidad operativa de la Subsecretaría de Protección Ambiental, según corresponda, el correspondiente informe y resultados del cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental hasta el 31 de diciembre de cada año.

9. Realizar la Auditoría Ambiental de cumplimiento del Plan de Manejo, cuyos resultados deben enviarse a la unidad operativa de la Subsecretaría de Protección Ambiental, según corresponda hasta el 31 de diciembre de cada año.

10. Realizar la auditoría de gestión ambiental cuyos resultados deben enviarse a la Unidad Operativa de la Subsecretaría de Protección Ambiental, según corresponda, hasta el 31 de diciembre de cada año.

11. Mantener en vigencia las condiciones de licenciamiento ambiental previstas por el Ministerio de Energía y Minas.

12. En caso de presentarse un accidente _____ o contingencia, notificar inmediatamente a la Subsecretaría de Protección Ambiental, el siniestro ocurrido.

13. Brindar todas las facilidades para los procesos de vigilancia comunitaria, que realicen los interesados sean estos directa o indirectamente afectados. Los procesos de vigilancia incluyen, pero no se limitan a las veedurías ciudadanas.

14. Facilitar el acceso a la información sobre el proyecto (incluir el nombre completo del proyecto respecto del cual se solicita la Licencia Ambiental), ubicado en _________________(incluir la ubicación exacta del lugar donde se desarrollará el proyecto respecto del cual se solicita la Licencia Ambiental), en los términos y condiciones que establece la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Ley 24, Registro Oficial Suplemento 337 de 18 de mayo del 2004.

15. Realizar un nuevo procedimiento de consulta, conforme lo dispone el artículo 88 de la Constitución Política del Estado, en el Texto Unificado de Legislación Secundaria, Libro VI, y el artículo 28 y 29 de la Ley de Gestión Ambiental, y dar cumplimiento a lo dispuesto en el Reglamento al artículo 28 de la Ley de Gestión Ambiental, cuando se proponga la realización de cambios a la actividad o proyecto original, en cualquier momento. El incumplimiento de esta disposición conlleva la inejecutabilidad de las actividades y podrá ser causal de nulidad de la licencia ambiental.

16. Presentar, de ser el caso, en el término de 15 días, posterior a la emisión de esta licencia ambiental los requerimientos complementarios que a criterio de la Subsecretaría de Protección Ambiental se demanden.

Comuníquese y notifíquese.- Dado, en el Distrito Metropolitano, a 24 de abril del 2007.


FUENTES DE LA PRESENTE EDICIÓN DEL ACUERDO QUE APRUEBA EL MODELO DE RESOLUCIÓN PARA EL OTORGAMIENTO DE LICENCIAS AMBIENTALES QUE POR ACREDITACIÓN Y FACULTAD CONFERIDA POR EL MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE, OTORGA EL MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS, POR INTERMEDIO DE LA SUBSECRETARÍA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL Y, EL CORRESPONDIENTE MODELO DE CERTIFICADO DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL

1.- Acuerdo 049 (Registro Oficial 82, 11-V-2007).







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